GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA
N° 6.383 DEL 20-06-2018
Aumento del salario mínimo mensual
Mediante el Decreto N° 3.478 (Decreto N°34 en el Marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica), se incrementó el salario mínimo mensual obligatorio, quedando fijado en la cantidad de Bs. 3.000.00,00 mensuales, a partir del 16 de junio de 2018.
Ajuste del Beneficio de Alimentación – Incremento de la Unidad Tributaria a Bs. 1.200,00
Mediante providencia SNAT/2018/0120, la Unidad Tributaria que sirve de base para el cálculo del beneficio de alimentación de los trabajadores se fijó en Bs. 1.200,00 desde el 20 de junio
de 2018.
¿Cómo se calculará el pago del Beneficio de Alimentación?
A continuación les presentamos, a manera de ejemplo, el cálculo para el pago del beneficio de alimentación correspondiente al mes de junio de 2018:
El ajuste deberá ser aplicado desde el 20 de junio 2018 y pagado a los trabajadores los primeros 5 días del mes de julio de 2018.
En resumen
¡IMPORTANTE!
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Todas las empresas deberán recalcular los montos correspondientes a los pagos de salario mínimo a partir del 16 de junio de 2018.
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El pago del beneficio de alimentación correspondiente a junio 2018 deberá efectuarse en los primeros 5 días del mes de julio del año en curso.
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